11:29 h. jueves, 21 de noviembre de 2024
Manuel Plasencia

Abuso laboral

Miembro del comité de empresa de Canal Gestión en representación de la Confederación General del Trabajo (CGT)

Manuel Plasencia | 26 de marzo de 2024

El pasado 22 de febrero de 2024, El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declarado que cualquier trabajador temporal en abuso de temporalidad del sector público en el Estado español, incluida la figura jurisprudencial de Indefinido no Fijo al no haber regulado en la normativa interna e incumplir el Acuerdo Marco europeo sobre el trabajo de duración determinada, debe pasar a fijo.

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) señala que las y los trabajadores temporales que estén en situación de fraude de ley, con más de tres años ocupando una misma plaza o mediante concatenación de contratos, están sufriendo una situación de abuso laboral. En sus conclusiones considera que la legislación española no recoge medidas adecuadas para evitar la utilización abusiva de los contratos indefinidos no fijos. En consecuencia y como respuesta a una cuestión presentada anteriormente por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el TJUE responde que a falta de medidas adecuadas para prevenir y sancionar los abusos derivados del uso sucesivo de contratos temporales de cualquier ámbito (laborales, estatutarios o funcionarios) incluidos los contratos indefinidos no fijos prorrogados sucesivamente, convertir esos contratos temporales en fijos puede ser la solución que corrija este abuso. Una medida de la que se beneficiarán centenares de miles de trabajadoras y trabajadores del Estado español.

Además, la justicia europea considera que la legislación española sigue sin recoger medidas adecuadas para evitar la utilización abusiva de los contratos indefinidos no fijos, a pesar del uso de “indemnizaciones” que proponía el Gobierno. La indemnización incluida por primera vez en el sector público en la última reforma bajo la ley 20/2021 es declarada no valida por el TJUE como medida de sanción. Esa compensación económica se fijaba en 20 días por año con un tope de 12 mensualidades, pero no es medida suficiente como resarcimiento o sanción por no ser efectivamente disuasoria ni ir relacionada al abuso sufrido.

Por si fuera poco, esta indemnización no fue retroactiva para los miles de funcionarios en abuso de temporalidad que seguían estando incluidos en los momentos de su publicación en los procesos selectivos del 2017-2018, que fueron cesados en su mayoría sin ningún tipo de indemnización ni resarcimiento al abuso producido. El pasado 23 de febrero de 2024 el juzgado de lo social nº 26 de Madrid resolvió aplicar fijeza en su puesto de trabajo en base a la sentencia del TSJE a una trabajadora en Telemadrid asesorada por el gabinete jurídico de CGT que demandó su situación de estabilidad en el empleo.

Consideramos que se trata de una sentencia histórica que evidencia una vergonzosa situación de “abuso laboral” para los y las trabajadoras del sector público que llevamos años denunciando. Una resolución que pone en evidencia no solo el abandono institucional que se ha ejercido desde los gobiernos central, autonómico y local, sino también desde sindicatos como UGT, CCOO y CSIF que no han hecho absolutamente nada para revertir la situación, más allá del pacto de 2021 para abrir “procesos de estabilización” que no han servido para estabilizar a las personas en abuso de temporalidad. No podemos olvidar que llevamos muchos años diciendo que la utilización sucesiva de “contratos o relaciones laborales de duración determinada” eran un fraude y que lo que hace falta ahora es una solución legislativa definitiva que resuelva la situación.

*Miembro del comité de empresa de Canal Gestión en representación de la Confederación General del Trabajo (CGT). Lanzarote, 21 de Marzo de 2024

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