El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Las Palmas, ha declarado ilegal la destitución del Director del Plan Insular de Ordenación, Leopoldo Díaz, ordenada en el pasado mes de junio por el Presidente del Cabildo. Asimismo insta a la incorporación del veterano funcionario a su puesto, debiendo percibir todos los complementos salariales dejados de cobrar desde entonces; advirtiendo que dicha cantidad irá aumentando "hasta la fecha de su efectiva reincorporación".
Según refleja la sentencia,"no basta la mera invocación de la pérdida de confianza", a la que aludía Pedro San Ginés, sino que "es necesario un mínimo de motivación de la razón del cese". Poniendo como ejemplo una sentencia que acordaba que para destituir a un trabajador que viene ejerciendo un puesto de libre designación "durante un periodo prolongado, por ejemplo, por más de un año, sin que conste episodio anómalo cualquiera, es necesaria una motivación específica precisa y de significado racional". E incidiendo en que en el caso del entonces Director de la Oficina del PIO, NO EXISTIÓ "esa mínima motivación".
- Indicio de arbitrariedad de la administración
Tal y como reseña el Juzgado: "A la vista de lo expuesto, resulta palmaria la falta de motivación del acto impugnado, pues si bien el mismo alude a una pérdida de confianza, difiere la motivación de las causas de esta pérdida de confianza a una posterior investigación, lo que comporta un importante indicio de arbitrariedad en la decisión de cese, pues el mismo se acuerda por motivos que, al parecer, aún no han sido determinados”, añadiendo que “una motivación a futuro no resulta admisible”
La defensa de Leopoldo Díaz había considerado "una vulneración del derecho al honor del funcionario", la Resolución firmada en junio por el Presidente del Cabildo, Pedro San Ginés, porque "esparce sospechas sobre la rectitud e integridad de su conducta y le hace desmerecer en el concepto público profesional que pudiera tener en su entorno social".
- SOMOS LANZAROTE: "La justicia vuelve a evidenciar los modales autoritarios de Pedro San Ginés al frente de la presidencia del Cabildo"
Somos Lanzarote "se satisface por el hecho de que los tribunales resuelvan el conflicto (laboral pero con repercusiones políticas) generado desde aquella fecha por el presidente del Cabildo, Pedro San Ginés". Pero se lamenta de que, "una vez más, tengan que ser los tribunales quienes reviertan decisiones tomadas por San Ginés que, o bien incumplen la norma, o bien demuestran que este se extralimita reiteradamente en sus funciones como presidente, demostrando modales autoritarios en el ejercicio de su cargo".
También expone que "como ya ocurriese con la anulación de la incautación de una desaladora en Montaña Roja, al sur de la isla, o cuando la juez que instruye el "caso Stratvs" tachó de inadmisible la intromisión del presidente en la remisión de documentos al juzgado, en esta ocasión vuelven a ser los tribunales quienes tienen que recordar a San Ginés que, en un Estado de Derecho, la arbitrariedad no puede ser la norma en la toma de decisiones como responsable político de una institución". Y denuncia que "se da la circunstancia de que, en todo los casos expuestos, son intereses particulares los que terminan beneficiándose de las decisiones improcedentes de San Ginés, por lo que desde SOMOS LANZAROTE nos reiteramos en lo expresado desde junio, cuando concluíamos que el actual presidente antepone los intereses privados de quienes lo patrocinan al interés general de Lanzarote".