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Spínola pasa de los Tribunales y y pretende ampliar el ILEGAL Centro Comercial Argana Centro

laverdaddelanzarote.com  |  21 de junio de 2013 (22:16 h.)
Licencia al Argana Centro

El Boletín Oficial de Canarias ha hecho público un anuncio por el que "se somete a información pública la solicitud de licencia comercial, presentada por la entidad mercantil Tiendas Especializadas de Canarias SL para la ampliación del Centro Comercial Argana Centro". Este hecho se produce poco después de que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Las Palmas dictaminase que el citado centro "fue construido ILEGALMENTE", ya que carecía de la obligatoria "licencia válida y efectiva para iniciar las obras".

Concretamente el BOC 2013/116 en el Apartado 3328 de la Dirección General de Comercio y Consumo, refleja "el anuncio de 27 de mayo de 2013, por el que se somete a información pública la solicitud de licencia comercial, presentado por la entidad mercantil Tiendas Especializadas de Canarias SL para la ampliación de su centro comercial Argana Centro... Expediente nº L.C. 13/2013-LP". Pasando con ello de la sentencia  del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Las Palmas, que dejó bien claro que "quedaron ANULADAS: la Licencia de Primera Ocupación (aprobada por la Junta de Gobierno de Arrecife del 30 de noviembre de 2007), la Licencia de Puesta en Funcionamiento (de 9 de enero de 2008) y el Proyecto Modificado de Obras (un año después de haber acabado las mismas).

- Las ilegalidades del Argana Centro

El empresario Eduardo Spínola, en representación de la empresa Tiendas Especializadas Canarias recibió el 30 de octubre de 2003 una Licencia de Obras para "1 local y aparcamiento", pero tenía que presentar el Proyecto de Ejecución y el Proyecto de Infraestructuras de Telecomunicaciones. Sin embargo, según la sentencia, "constituye un hecho acreditado que la codemandada dio inicio a la ejecución de las obras no habiendo cumplido ninguna de las condiciones impuestas en la licencia sobre proyecto básico", dejando bien claro que "la licencia de obras obtenida sobre un proyecto básico no habilita para la realización de la construcción". Más aún, dictamina que "las obras finalmente ejecutadas diferían sustancialmente de lo autorizado por la licencia de obras de noviembre de 2003, al no coincidir ni la superficie finalmente construida, ni la estructura interior del edificio con las inicialmente proyectadas".

Pese a todo, recientemente el Argana Centro quedó incluido dentro de la Unidad de Actuación nº 12, acogiéndose al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias. No obstante, la sentencia asegura que "“el precepto al que se acoge la Administración para aprobar el proyecto modificado no ampara la legalización de las obras ejecutadas”,  ya que “no se encontraban amparadas por la licencia de noviembre de 2003, no sólo porque no se ajustaran a la misma, sino porque dicho acto autorizatorio nunca llegó a adquirir eficacia”.