Tras la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), dictada el pasado 2 de noviembre, que anula el acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias (COTMAC) de aprobación del Plan Especial de La Geria, el presidente del Cabildo de Lanzarote, Pedro San Ginés, acompañado por su socio de Gobierno y vicepresidente primero de la Institución, José Juan Cruz, han comparecido esta mañana en rueda de prensa para explicar la situación en la que a día de hoy se encuentra dicho documento.
A este respecto, el presidente quiso aclarar que el Plan Especial de La Geria es un norma de planeamiento del Gobierno de Canarias. La Geria es un espacio protegido con la categoría de Parque Natural (Ley 12/1987 de Declaración de Espacios Naturales de Canarias) y actualmente Paisaje Protegido que discurre por cinco municipios (Yaiza, Tinajo, Tías, San Bartolomé y Teguise).
San Ginés recordó que el documento fue concebido y redactado bajo mandato del partido socialista en el Cabildo, cuyo avance fue aprobado en el año 2003 y su aprobación inicial no tuvo lugar hasta el año 2009. Justo unos meses después de llegar a la Presidencia del Cabildo, en 2010 se aprobó definitiva y parcialmente, pero fue posteriormente -en ese mismo año- anulado por los Tribunales. Tres años después, en 2013, el Gobierno de Canarias lo volvió a aprobar de forma parcial y ya con carácter definitivo en 2014, cuando fue impugnado en los Tribunales y ahora resuelto con la sentencia del TSJC del pasado 2 de noviembre que anula el citado acuerdo de la COTMAC de aprobación del Plan.
Desde el pasado 5 de octubre, mediante Decreto de Presidencia del Cabildo, se encomendó a la empresa pública Gesplan la redacción del nuevo Plan Especial y el desarrollo del documento inicial estratégico que incluirá los objetivos de planificación, alcance y contenido del Plan propuesto y sus alternativas, desarrollo previsible, potenciales impactos ambientales e incidencias sobre los planes sectoriales y territoriales. Un Plan que se ajusta a la realidad actual y garantizará la cobertura de las actividades, usos y actuaciones de conservación y protección de este espacio que fue construido por el hombre lanzaroteño, sin que hasta ese momento hubiese ninguna norma de protección de dicho espacio.
Ante esta última sentencia del TSJC, el presidente informó que los Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias estudian en estos momentos presentar -en un plazo de 30 días- recurso de casación, cosa que desde el Cabildo se ha instado ya a hacer y en su caso, como administración también afectada, podrían estudiar igualmente recurrir la misma, en la medida que “mientras no se dicte sentencia firme, el Plan seguiría -en principio- con plena vigencia y de aplicación como hasta la fecha”, subrayó San Ginés.
“Lo que esperamos es que el Gobierno de Canarias presente dicho recurso de casación, aunque el Cabildo también podría hacerlo, y si éste es aceptado por los Tribunales, mientras se dicte sentencia el Plan continuaría en principio vigente y de aplicación, en tanto en cuanto no tengamos un nuevo documento”, especificó San Ginés. Esto retrasaría el “posible vacío o retrotraernos al Plan Insular, que en lo que a La Geria se refiere no establece ni regula prácticamente nada”, apuntó el presidente.
Un Plan vigente y de plena aplicación y que prevalece y tiene capacidad para establecer y regular por encima del Plan Insular en todo aquello que el PIOT no regula, como por ejemplo, explicó San Ginés, en lo referente a los elementos estructurantes.
Por último, el presidente del Cabildo de Lanzarote quiso dejar claro e insistir en que el Plan Especial de La Geria es de plena aplicación, y -por tanto- “tiene plena capacidad para establecer, entre otras capacidades, elementos estructurantes por encima del PIOL”. Tanto es así, señaló Pedro San Ginés, que “ha sido y es aplicado diariamente por los técnicos de las Corporaciones locales concernientes y por los del propio Gobierno de Canarias, aunque algunos informes técnicos recogiesen en su día lo contrario y cuestionasen dicha capacidad”.
Es decir, aunque tuviese “vicios de nulidad”, como siempre ha reconocido el presidente del Cabildo, y fuese un documento que fue redactado “muy alejado de las circunstancias que operaron en el momento en el que se concibió”, era y es de plena aplicación, por encima del Plan Insular en lo que éste no recoge, y en principio de plena vigencia, hasta que no se produzca sentencia firme o se apruebe un nuevo planeamiento de protección de este espacio.