laverdaddelanzarote.opennemas.com | 19-julio-2016
La Sección 6ª de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo, en su Resolución 1675/2016, confirma que "la porción de terreno delimitada por la Rambla Medular y las calles El Claudiano, Cáceres y Doctor Alfonso Spínola" conforma el Sistema General 11 VALTERRA-DEPORTIVO (tal y como siempre defendió VECINOS UNIDOS); y que por tanto "NO ES SUELO URBANO CONSOLIDADO" cómo se pretendía en el borrador del nuevo Plan General de Arrecife. Asimismo ha condenado a la propietaria del suelo, la empresa TAGUARO, "a pagar 4.000 euros (más IVA)" en concepto de costas.