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El presidente del Cabildo de Lanzarote, Pedro San Ginés, dio cuenta al pleno del informe elaborado por los servicios jurídicos tal como se le solicitó a través de acuerdo plenario del pasado 27 de noviembre

Los servicios jurídicos del Cabildo de Lanzarote consideran “nulo de pleno derecho” el convenio suscrito con Yudaya

laverdaddelanzarote.opennemas.com  |  29 de enero de 2016 (11:19 h.)
Informe del Cabildo

El presidente del Cabildo de Lanzarote, Pedro San Ginés, tal como se le había solicitado a través de acuerdo plenario del 27 de noviembre pasado, ha dado cuenta hoy al pleno de la Corporación del informe elaborado por los servicios jurídicos de la Corporación sobre el convenio suscrito entre el Cabildo de Lanzarote y Yudaya S.A., que incluía la obligatoriedad de la entidad mercantil de correr con el importe íntegro de los honorarios profesionales devengados por la representación procesal del Cabildo.
En este sentido San Ginés explicó que “en virtud del artículo 7 del citado convenio, el letrado Agustín Domingo Acosta cobró de Yudaya 101.340 euros, sin que a día de hoy sepamos a qué obedece la diferencia de 84.400 euros resultante entre dichos honorarios y los 16.900 euros que facturó al Cabildo, toda vez que no existía ningún presupuesto previo sobre los trabajos de este letrado -que por razones obvias no concluyeron- sino una mera provisión de fondos”.
Al respecto, señaló que los servicios jurídicos del Cabildo “concluyen que el convenio en cuestión es nulo de pleno derecho, a pesar de que contó en su día con un informe jurídico favorable del entonces jefe de la Oficina del Plan Insular de Ordenación,básicamente por tratarse de un acto dictado por un órgano manifiestamente incompetente, prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido”.
Por otro lado, indicó que “para tener fuerza ejecutiva ante el tribunal competente como acuerdo judicial transaccional, en el acuerdo tendría que haber comparecido y ser aceptado por el Ayuntamiento de Yaiza, como administración que había concedido la licencia de obra anulada, pues en caso contrario en modo alguno obligaría a esa administración”.
Asimismo, agregó que “en relación a la cláusula séptima, que obligaba al promotor a pagar los gastos del letrado A.D. Acosta, el informe señala que no contiene valoración ni cuantificación, aun teniendo contenido económico, y carece del informe de fiscalización que debiera tener”.
Por otra parte, Pedro San Ginés señaló que “en el cuerpo del informe emitido por los servicios jurídicos, y coincidiendo con otro emitido por el actual director insular de Política Territorial, se explica que el convenio no solamente debió contar con el concurso del Ayuntamiento de Yaiza, sino que entró en ordenación pormenorizada, modificando usos previstos en el plan parcial, incluyendo áreas comerciales que no estaban, cuando esto es competencia del planeamiento urbanístico municipal”.
Pero lo que aún es más grave” -añadió el presidente del Cabildo- “es que el informe aclara que el convenio no fue sometido a información pública, tal como es preceptivo, con el fin de que quienes pudieran haberse sentido afectados hubieran tenido oportunidad de presentar alegaciones y éstas ser tomadas en consideración”.