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San Ginés asegura que no devolverá el dinero a los usuarios de INALSA porque "no ha habido enriquecimiento ilícito"

laverdaddelanzarote.com  |  02 de agosto de 2013 (13:32 h.)
Presidente de Coveinca en la Manifestación

El Presidente del Cabildo, Pedro San Ginés, ha asegurado que la sentencia del Tribunal Supremo que ha declarado "ilegal" la subida del precio del agua en 2008, es "anulatoria" y "no condenatoria a devolución alguna por cobro indebido como da a entender el PP", añadiendo que para que los usuarios recuperen el dinero "de más" pagado en estos últimos 5 años, "alguien" tendría que "SOLICITAR LA EJECUCIÓN DE SENTENCIA  en forma de devolución". Insistiendo al respecto que "es materialmente imposible que se haya producido un enriquecimiento ilícito de la administración".

En rueda de prensa celebrada esta mañana, San Ginés recordó a los presentes que el acuerdo anulado por el Tribunal Supremo, había sido aprobado en diciembre de 2008, "cuando el PIL ostentaba una responsabilidad directa en INALSA y era el PSOE quién presidía el Consorcio y el Cabildo".

- Desmentido al PP

 

El presidente del Cabildo de Lanzarote, Pedro San Ginés, en relación con la nota de prensa remitida por el Partido Popular (PP) de Lanzarote en la que le acusa de ocultar“la existencia de esta sentencia del pasado 1 de julio que obligaría al Consorcio del Agua de Lanzarote a devolver una millonada”, en referencia a una sentencia del Tribunal Supremo (TS) por la que desestima los recursos de casación formulados por el Gobierno de Canarias y el Consorcio Insular de Aguas de Lanzarote contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) de 1 de octubre de 2010, por la que se anuló la Orden de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias de 16 de diciembre de 2008, que aprobó la subida de tarifas del servicio público de abastecimiento de agua; ha manifestado en rueda de prensa que “el comunicado es un sin sentido de principio a fin, lo que lo convierte en una de las más burdas mentiras que ha esgrimido el PP en su vano intento de criminalizar la gestión del grupo de gobierno insular y desgastar la imagen de la Presidencia de esta Corporación”.

Hay que recordar que la subida de tarifas del servicio público de abastecimiento de agua fue aprobada a finales de 2008, cuando el PIL ostentaba las responsabilidades en INALSA, y el PSOE la Presidencia del Cabildo de Lanzarote y del Consorcio Insular de Aguas, siendo este último organismo quien aprobó la subida de las tarifas, y no el Cabildo, como erróneamente afirma el PP en su nota de prensa.

Tal es así, que dichas tarifas entraron en vigor el 1 de enero de 2009, diez meses antes de que Pedro San Ginés alcanzara la Presidencia del Cabildo, y fue bajo la misma“precisamente en cumplimiento de la sentencia que resolvió un proceso que me encontré sobre la mesa”, quien regularizó la forma de cobro, convirtiendo las tarifas en tasas con exposición pública de las mismas y la apertura del periodo de alegaciones en el que, “por cierto, nadie presentó impugnación alguna”.

En cualquier caso, San Ginés ha aclarado que además de que no habría ninguna razón para ocultarla, es “rotundamente falso” que conociera la sentencia referida desde el pasado 1 de julio, porque esa es la fecha en la que el TS emitió la sentencia, pero ésta aún no ha sido formalmente comunicada al Consorcio Insular de Aguas, aunque sí fue comunicada por fax el pasado 22 de julio -11 días después de la celebración de la Junta de Acreedores-, por el letrado que ha representado al Consorcio Insular de Aguas en el mencionado contencioso, Agustín Domingo Acosta, tras recibirla éste el viernes 19 de julio.

No obstante, aseguró el presidente del Consorcio Insular de Aguas, dicha sentencia“no tiene absolutamente nada que ver, ni podía afectar en nada a la posibilidad de utilizar el dinero previsto en el convenio aprobado para proponer a la Junta de Acreedores de INALSA, ni aun cuando el fallo del TS se hubiera producido meses antes”. San Ginés abundó en que “ni muchísimo menos es probable, como afirma el PP, sino del todo imposible que el Consorcio tuviera que destinar el dinero del concurso al reintegro de las tarifas cobradas, ni es cierto que “no pudiéramos hacer frente a las cláusulas del convenio con los acreedores de INALSA”, como también afirma el PP.

A este respecto, Pedro San Ginés aclaró que el PP “ha estado siempre de acuerdo en que se pagara a los acreedores con el dinero del concurso, tanto es así que lo que propuso fue que se hiciera una nueva convocatoria, obviamente con el mismo fin, y es ahora víctima de su propia incoherencia”.

En cuanto a las consecuencias que dicha sentencia anulatoria de los acuerdos -que no condenatoria a devolución alguna por cobros indebidos- pudiera tener en el supuesto caso de que alguien solicitase su ejecución en forma de devolución, y a falta de un análisis jurídico más profundo, el presidente del Cabildo aclaró que, “en principio, no tendría consecuencia alguna por una razón fundamental: que el servicio efectivamente se ha venido prestando con una tarifa pública que era inferior a los costes, y es por ello que, meses después, INALSA entró en proceso concursal”. De tal forma, aclaró San Ginés, que “de haber sido una tasa, que por ley debe cubrir los costes, habría tenido un precio superior. Es decir, es imposible que se haya producido un enriquecimiento ilícito de la Administración en un servicio efectivamente prestado por debajo de su coste, enriquecimiento que sería el único fundamente jurídico que obligaría a la devolución”.

Por último, el presidente del Cabildo de Lanzarote, considerando que la demanda fue interpuesta por una patronal, ha pedido al PP “prudencia, responsabilidad y lealtad institucional, en lugar de realizar afirmaciones como que 'el Consorcio estaría obligado a devolver los recibos', 'en la práctica las empresas tienen derecho a que se les devuelvan esas cantidades cobradas', o que 'esta dura sentencia pudiera obligar a la devolución de una millonada', alarmando con las terribles consecuencias que manifiestan que la sentencia pueda tener”.