Movimiento por la Unidad del Pueblo Canario
Las coloradas, también conocidas como petirrojos o por el nombre científico de Erithacus rubecula son unos simpáticos y bellos pajaritos que poblaban nuestras medianías alimentándose de roscas (orugas) que se alimentan de hojas de papas, coles y otros vegetales. Los agricultores aún recuerdan verlas comiendo en los restos que dejaba la azada cuando cavaban las papas, contribuyendo, ecológicamente, al mantenimiento del equilibrio del ecosistema al controlar las posibles plagas de algunos insectos. Pues las coloradas desaparecieron o, dicho más apropiadamente, las envenenaron los propios agricultores a base principalmente del herbicida conocido como glifosato de la multinacional Monsanto, ahora propiedad de la multinacional alemana Bayer, la de la aspirina.
La conocidísima actividad cancerígena del glifosato. Los agricultores, con la connivencia de los esbirros del colonialismo, entre los cuales se encuentran incluso presidentes de algunos cabildos, continúan pulverizando gigantescas cantidades del cancerígeno glifosato con la ingenua excusa de que en la Unión Europea aún está permitido, ocurrencia por ejemplo del presidente del cabildo de La Palma que no presidente de Benawaré, olvidando que si aún se usa legalmente en Europa no es otro el motivo que el ser su propietario la alemana Bayer, empresa que recientemente ha sido condenada a pagar 2.055 millones de dólares por un jurado de California a un matrimonio en compensación por el cáncer que les causó el Glifosato (también comercializado como Roundup), utilizado durante 35 años en sus cultivos, siendo hasta el momento la tercera condena a Bayer por este motivo, pendiente en este momento al menos 13.400 reclamaciones más procedentes de agricultores, jardineros, diseñadores de espacios naturales o propietarios de casas, lo que ha originado una caída de las acciones de Bayer cercana al 40 por ciento debido a la cólera de los inversores. En Canarias los supuestos responsables pretenden seguir envenenando nuestros campos pues, poniendo en práctica aquella ocurrencia del Franco, “el generalísimo”, “todo está atado y bien atado” han amañado la legislación en función de sus espurios intereses, de tal manera que de 18 candidaturas presentadas al parlamento sólo los septillizos (“Colisión” Canarias, PSOE, PP, NC, Podemos, Vox y Cs) salen en las teles y radios (lee el link adjunto, no tiene desperdicio) que todos financiamos o financiábamos ¡NI UN SOLO VOTO A ELLOS! Puro carbón.
La tragedia de las coloradas. El glifosato utilizado como herbicida en nuestras medianías, así como en márgenes de pistas rurales y carreteras, como su propio nombre indica, envenena cualquier planta en la que se deposite, de la que se alimentan las roscas que, a su vez, son ingeridas por las coloradas que, lamentablemente, han sido envenenadas. Las coloradas a su vez son ingeridas por otras aves y roedores introduciendo el glifosato en toda la cadena trófica o alimenticia, proceso en el que mueren incluso rapaces nocturnas como el búho conocido en Canarias como coruja originando una catástrofe mas pues, en condiciones naturales, una pareja de corujas es capaz de cazar aproximadamente 1.200 ratas en un solo año, por lo tanto, el daño causado es descomunal, sin contar los innumerables cánceres de nuestros agricultores.
Prohibición absoluta de usar glifosato o cualquier otra sustancia tóxica en la República Democrática Federal Canaria. Los atentados contra nuestro patrimonio natural y arqueológico constituyen un delito y se castigan con la pena de seis meses a cuatro años y suspensión de profesión u oficio hasta tres años los que, en la explotación de una industria o en el ejercicio de otra actividad y con infracción de las normas reglamentarias, provoquen emanaciones a la atmósfera, o viertan en los barrancos, aguas interiores o territoriales sustancias que puedan perjudicar gravemente a personas, a los animales, bosques, plantaciones agrícolas y, en general, a cualquier ecosistema, tanto terrestre como marino. Si la industria funcionase clandestinamente o sin haber obtenido la preceptiva autorización o aprobación administrativa de sus instalaciones, se impondrán las penas superiores en grado. Si los actos descritos ut supra fuesen realizados en las inmediaciones de poblaciones, en su más amplia definición ecológica, o afectasen a las aguas destinadas al consumo, incluyendo las aguas marítimas, se impondrá, además, la multa de doce a veinticuatro meses, pudiendo el Tribunal elevar en un grado las señaladas en el párrafo anterior, elevación que será preceptiva si por la gravedad del daño éste alcanzase proporciones catastróficas, como es el caso que nos ocupa. En todos las casos anteriores podrá acordarse la clausura temporal o definitiva del establecimiento o establecimientos responsables. Si las industrias o actividades descritas anteriormente hubieran obtenido licencia que autorice su funcionamiento en las condiciones causantes de la contaminación, cuando aquella sea manifiestamente contraria a lo preceptuado en las leyes y reglamentos en vigor, los funcionarios facultativos que, dolosamente, hubieran informado favorablemente el proyecto, hubieran concedido la licencia o, con motivo de las inspecciones, hubieran silenciado la infracción de aquellas normas, serán castigados con las mismas penas de prisión y multa y, además, con la inhabilitación especial para el desempaño de cargos públicos por tiempo de ocho a doce años.
En conclusión, instamos a nuestros abogados a iniciar los correspondientes procesos judiciales por los irreparables daños causados a nuestros ecosistemas por la utilización del herbicida glifosato y a todas las personas damnificadas, tanto económica como sanitariamente por procesos cancerígenos etc., a acudir a los tribunales en legítima defensa de sus intereses.
Ministerio de Ciencias de la Tierra de la República Democrática Federal Canaria