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El Cabildo de Lanzarote acuerda su disconformidad a la declaración de interés público que concedió el Gobierno de Canarias a los Parques Eólicos Maresía I y II 

laverdaddelanzarote.opennemas.com  |  16 de febrero de 2018 (17:01 h.)
Aerogeneradores

El Consejo de Gobierno de Insular del Cabildo de Lanzarote celebrado este jueves 15 febrero en la sede de la primera Corporación acuerda su disconformidad a la declaración de interés público que concedió el Gobierno de Canarias a los Parques Eólicos Maresía I y II. También propone a la Dirección General de Industria y Energía del Gobierno de Canarias que tenga en cuenta todos los informes cabildicios desfavorables de la Consejería del Medio Ambiente, Plan Insular y Reserva de la Biosfera, así como del Consorcio del Agua de Lanzarote y del Ayuntamiento de Tías, municipio donde se ubicarían las instalaciones. Este pronunciamiento se remitirá a la Dirección General de Industria y Energía del Gobierno de Canarias, en respuesta a la petición que emitió esta Área del Ejecutivo el pasado 4 enero, dónde solicitaba un informe, que recogiese todas las observaciones y alegaciones sobre el estudio de impacto ambiental de estas infraestructuras.

El presidente de la Corporación, Pedro San Ginés, aclara que el Cabildo no se opone a la penetración de las Energías Renovables en el sistema eléctrico insular, lejos de esa oposición promueve el incremento de éstos, pero pide que sean consensuados, para ello se creó la Comisión Ejecutiva para el Cambio del Modelo Energético dependiente del Consejo de la Reserva de la Biosfera. Entidad donde se realizan comisiones de periodicidad mensual y se debaten y se ejecutan proyectos de máxima importancia para la Isla en materia de Energías Renovables y Eficiencia Energética. Añade, que el Cabildo además promueve el incremento de éstas, tal y como se refleja en el estudio realizado por la empresa 3iDS, en donde se pone manifiesto el objetivo de llegar al 75% de penetración de energías renovables en el año 2034.

Incompatibles con el Plan Insular

El Plan Insular indica que los parques de producción de energía eólica se consideran como un uso incompatible en el Área de interés agrario-Vegas de Tías, Mácher y San Bartolomé y que los Parques Eólicos Maresía I y Maresía II no se encuentran entre las zonas previstas para este tipo de instalaciones.

El Consejo de Gobierno añade que estos parques se pretenden levantar en suelo privado, ya hay aproximadamente 40 vecinos del municipio a los que se les expropiaría, que han expresado su disconformidad con la realización de los Parques Eólicos Maresía I y Maresía II. El Ayuntamiento de Tías los secunda, porque además dónde se pretenden instalar es una zona prohibida por el Plan General de Ordenación de Tías y que supondría un gran impacto paisajístico por su proximidad a los núcleos y vías circundantes, dentro de un suelo agrícola protegido por sus valores no solo económicos sino de paisaje de vegas de cultivos en enarenados, propios de la isla de Lanzarote.

Se insiste desde la primera Corporación que en el Cabildo están trabajando en el cambio de modelo energético, en coherencia con la Reserva de la Biosfera, tratan de aprovechar dicho cambio para aumentar la cohesión social, la implicación y responsabilidad social, y el reparto de riqueza de los recursos propios. En este sentido hay unanimidad en la gestión, consenso total. Todos los Ayuntamientos de la Isla, decidieron pasar la gestión del ciclo integral del Agua al Consorcio del Agua, que componen los siete ayuntamientos de la Isla junto al Cabildo. Y su vez el Cabildo decidió encomendar al Consorcio del Agua en 2013 poner al servicio de la estrategia Lanzarote sostenible 2020 y del desarrollo de energías renovables los recursos económicos presentes y futuros del Consorcio del agua y de Eólicas de Lanzarote. Acuerdo suscrito por los siete ayuntamientos. y que tiene como fin minimizar la dependencia energética del combustible fósil. 

Recursos claves, gestión pública

En la propuesta se recalca que tanto el agua como la energía son recursos claves, fundamentales y estratégicos para la isla de Lanzarote. Como tales recursos estratégicos deben estar gestionados desde lo público como garantía de equilibrio para la población local.

El informe del Consorcio del Agua de Lanzarote, que es desfavorable en donde se concluye que la ejecución de la instalación del Parque Eólico Maresía I supone un riesgo directo e innegable a los parques eólicos promovidos por el Consorcio del Agua de Lanzarote, a través de INALSA, tanto desde el punto de vista del acceso a la red eléctrica, como desde el punto de vista la retribución a obtener por la venta de energía.

Dado que es un parque eólico, las entidades insulares han pactado que deben destinar el 9% de los ingresos anuales generados por la venta de la energía, fondos que irán a sufragar iniciativas de dichas entidades locales de naturaleza energética, social o medioambiental. Aspecto que estos parques no recogen, los parques que gestiona el Consorcio cumplen con este acuerdo.

En el Consejo de Gobierno también se indicó que desde la primera corporación se está avanzando en la posible instalación de Parques Eólicos OFF-SHORE, ocupando el espacio marítimo cercando a la isla, como ya se realiza en diferentes países europeos con excelentes resultados. La no ocupación de suelo en una isla altamente protegida es una prioridad y no se encuentran motivos por el que no indagar en esta posibilidad.

Por último, concluye que estos proyectos no son fruto de un Concurso de asignación de potencia en el que se garantice el cumplimiento de los principios de publicidad, objetividad, imparcialidad, transparencia y concurrencia competitiva, y en el que, además, se pueden tener en cuenta consideraciones en materia de protección del medio ambiente, de salud pública y calidad de vida de la población, de conservación del patrimonio cultural o de cualquier otra razón imperiosa de interés general.

Tampoco es fruto de un plan estratégico de infraestructuras eólicas que contemple la idoneidad de las ubicaciones, la correcta asignación de potencia, la preservación del territorio, sus valores ambientales y económicos previos, y la complementariedad con otras actuaciones estratégicas para Canarias y la Isla.

Sino que, por el contrario, es fruto del libre establecimiento a criterio del promotor, lo que hace difícilmente justificable el interés general y la utilidad pública de la instalación.