PREMIO A LA TESIS DOCTORAL DE LA DRA GUADALUPE SAUCHELLI-FAAS (UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA)
María Elda Cabrera Riverol | 01-octubre-2022
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La Sección 6ª de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo, en su Resolución 1675/2016, confirma que "la porción de terreno delimitada por la Rambla Medular y las calles El Claudiano, Cáceres y Doctor Alfonso Spínola" conforma el Sistema General 11 VALTERRA-DEPORTIVO (tal y como siempre defendió VECINOS UNIDOS); y que por tanto "NO ES SUELO URBANO CONSOLIDADO" cómo se pretendía en el borrador del nuevo Plan General de Arrecife. Asimismo ha condenado a la propietaria del suelo, la empresa TAGUARO, "a pagar 4.000 euros (más IVA)" en concepto de costas.