¡Que ejecuten el embargo de los bienes de los responsables de la ruina de INALSA!
| 06-enero-2013
El concepto conocido como "Derecho de crédito" u “obligación” es el derecho subjetivo en virtud del cual un sujeto (el acreedor) puede exigir que otro sujeto (el deudor) que realice en su favor una determinada conducta (prestación), de tal manera que, si el deudor incumple, responderá de las consecuencias del incumplimiento con todos sus bienes presentes y futuros (arts. 1.088 y 1.911 CC).
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