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Juan Prado Piñeyro

"¿Juramento a la Constitución?".

Abogado

Juan Prado Piñeyro | 03 de octubre de 2020

ASSOPRESS

Antes de comenzar a desarrollar este artículo, quiero prevenir que no está inspirado en ideología alguna. 

Mi única ideología se resume en el respeto a la Ley, a los derechos humanos, y a la lucha contra la pobreza y la prosecución del estado de bienestar.

Los acontecimientos que están sucediendo en España son un verdadero dislate. Desde la primera república no se habían contemplado tantos disparates de esos de llevarse las manos a la cabeza y decir, porque no hay palabras,….:”no es posible lo que estoy viendo”…. Cito la primera república por los despropósitos de la generación del cantonalismo, que condujeron a situaciones como la de bombardear otra región del territorio nacional, u ofrecer al presidente Grant de los EEUU, la incorporación de una población de España a su país, solicitando que en él se enarbolara la bandera del cantón.

Aunque ello no significa que todo lo que está sucediendo en la actualidad no sea una repetición adaptada a la realidad actual, de lo peor que se pueda atribuir a la segunda república. Estamos con el zorro dentro del gallinero. Los independentistas ya comparten gobierno con el PSPC (permítaseme esta sutileza en las siglas que con seguridad descifrará el lector); también los representantes de los asesinos, que ni siquiera manifiestan arrepentimiento, y los llamados antisistema que representan la peor versión del comunismo stalinista. 

Por otra parte, al Rey, jefe del Estado y de las Fuerzas Armadas, a las que la Constitución encomienda la defensa de la Unidad de España, se le ningunea…. No voy a seguir enumerando las barbaridades provenientes de ciertos grupos indulgentemente llamados políticos, avalados por Moncloa.

 He reflexionado sobre algo que se dijo en la prensa al respecto de los efectos del juramento a la Constitución. Si existe el acto formal de la jura al cumplimiento de guardar y hacer guardar la Constitución y cumplir fielmente las obligaciones del cargo con lealtad al Rey, y no sólo se incumple, sino que se ataca en un regodeo constante a las instituciones, ¿para qué, entonces, se jura?

 Evidentemente estamos ante esta palabra de moda, un "oximorón". Para considerar legítimo jurar, y desentenderse de lo jurado o prometido, carece de sentido mantener el juramento. Mejor sería borrarlo y que cada cual actuara dentro de eso que se da en llamar libertad de expresión. De hecho el Tribunal Constitucional al admitir la fórmula de prometo por imperativo legal, considera que es una fórmula legítima, porque supone una prolongación del derecho a la libertad de expresión.

  Pero yo, esta vez no voy a entrar a discernir lo que ya resolvió el Tribunal Constitucional, erróneamente a mi juicio, en su día. Voy a contestar como buen gallego con un símil. Un ejemplo es siempre la mejor explicación porque todo el mundo lo entiende. 

Veamos. En mis algo más de cuarenta años de ejercicio de la abogacía, puede suponer el lector que asistí a bastantes juicios. Al testigo que, por otra parte, tiene obligación de comparecer, porque si no lo hace se le multa, lo primero que se le pregunta es si va a decir la verdad. Él tiene la obligación de declarar. Puede mentir, pero si lo hace y se descubre comete un delito de falso testimonio. Y si no declara, desoyendo las conminaciones del juez, puede incluso ser perseguido por un delito de desobediencia.

 Centrémonos en el asunto. Si el testigo al ser preguntado sobre si va a decir la verdad, le dijera al juez que lo hará por imperativo legal ¿se imaginan la respuesta de su señoría, aunque se tratara de la juez Victoria Rosell? En principio se me ocurre que, montando en cólera, le podría decir, en plan Fernando Fernán Gómez: ¿pero es usted idiota? Pues claro que por imperativo legal, no faltaría más y la ley se lo exige! Aunque probablemente no es eso lo que le diría el juez. 

Le repetiría con cierta paciencia y educación que es su obligación, e incluso a lo mejor tendría la deferencia de leerle el articulito para que se diera cuenta el testigo puntilloso, que la fórmula que pretende no es válida, y además que nada tiene que ver con la libertad de expresión.

 Volvamos con el juramento de los diputados. Pregunta obligada: si los testigos tienen que ajustarse a la fórmula del sí o no ¿por qué los señores diputados pueden hacerlo por imperativo legal? ¿La respuesta podría encontrarse en que la función de un diputado es mucho menos importante que la de un testigo en un caso de un pequeño hurto….?

 La respuesta está en el viento, siguiendo la letra de esa bellísima canción de Bob Dylan… 

 

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