El Juzgado de lo Social número 5 de Santa Cruz de Tenerife ha condenado al Servicio Canario de Empleo (SCE) al pago de los intereses de demora a una trabajadora a la que había detraído el 20% de su sueldo entre los meses de enero y abril de 2013, en aplicación de los recortes establecidos por los presupuestos de la Comunidad canaria en el año 2012. La sentencia es novedosa, por cuanto aunque el SCE había devuelto el salario recortado a la trabajadora, la Justicia entiende que han de abonársele, además, los intereses por el retraso en el pago de los mismos.
En abril de este año, la trabajadora, representada por la Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras Canarias, presentó demanda ante la Justicia para que se le devolviera la parte sustraída de su salario, en total 1.119,72 euros. Asimismo, requería se le abonara el 10% anual de intereses de demora, es decir 543,52 euros adicionales.
Si bien el SCE le abonó el salario retrasado en mayo de 2017, la trabajadora persistió en su empeño de que se le satisficiera por el tiempo que no pudo disfrutar de su salario, algo que la Justicia ha tenido a bien concederle.
La FSC-CCOO se satisface de esta sentencia que viene a reconocer la improcedencia en la actuación del Servicio Canario de Empleo, que debió haber devuelto puntualmente la cantidad retenida a la trabajadora. Sin embargo, al haber hecho dejación de sus obligaciones, los contribuyentes se ven obligados a pagar la pésima gestión de los que deben velar por el buen uso del dinero público.