Desde el momento en que el día 17 de diciembre del pasado año, Marruecos diera a conocer dos proyectos de leyes para delimitar las aguas en la costa occidental lindando con Canarias, una de ellas en el espacio fronterizo con Canarias y la otra por debajo del paralelo 27,40 el llamado Sáhara Occidental, se desató de nuevo la protesta de la clase política colonial canaria, así como la de diversos opinadores con alegatos de todo tipo, algunos venidos de lejos como la “existencia de un acuerdo entre España y Marruecos sobre la mediana” o las recientes “las aguas canarias no se tocan ni un milímetro” como si las aguas que nos rodean fueran nuestras, de los canarios y no de los españoles…Todo ello adornados en algunos artículos publicados, con una esperpéntica frase de que “Canarias goza de plena autonomía interna”.
Dicho lo anterior a modo de preámbulo, paso a desgranar, eso sí lo más resumido posible, que puede haber y que objetivos pretende conseguir Marruecos con las dos leyes anunciadas,
Marruecos-España- Archipiélago de Canarias
Es evidente que Marruecos, según la Convención sobre el Derecho del Mar de las Naciones Unidas, como país soberano y ribereño, tiene todo el derecho a ampliar sus aguas a las 12 millas de mar territorial, las 12 millas de zona contigua y las 200 millas a partir de las líneas de bases rectas y que puede ampliar hasta 150 millas más de plataforma continental (si tiene esta). Por otra parte Canarias como islas quedarán encapsuladas con sus 12 millas de mar territorial alrededor en cada una de ellas, aunque también hay que contemplar que como islas, que no archipiélago que es otra cuestión, pueden extender cada una sus aguas hasta las 200 millas, según el artículo 121, párrafo 2 de la Convención, artículo al que se han acogido diversos países coloniales como Francia, que ha llegado a ser el primer país del mundo con más espacios marítimos como consecuencia de sus posesiones de islas y territorios en el globo.
Hay que recordar que Marruecos en un dahir (decreto del Rey, en aquellos momentos Hasan II) de fecha 8 de abril de 1981 estableció su Zona Económica Exclusiva a las 200 millas en la zona lindante con Canarias, fecha anterior a su firma el 10.12.1982 de la Convención sobre el Derecho del Mar. Este Dahir fue presentado en el seno del Grupo de negociación 7 de la III Conferencia de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (Montego Bay), pero lo cierto es que por diferentes cuestiones planteadas como una mediana equitativa o equidistante, Marruecos hasta ahora no ha delimitado el espacio marítimo de Canarias, ni con España ni con Portugal (Madeiras e Islotes Salvajes).
La pregunta que hay que hacerse es ¿Por qué precisamente ahora después de 39 años?. Se ha gastado mucha tinta desde entonces. Pero lo que se vislumbra esta vez parece que va en serio y con un largo recorrido…
Dejando de lado, por inservible todo lo publicado, con mapas e infografías de todo tipo, reflejando la existencia de una Zona Económica Exclusiva de España en Canarias (?), con medianas equitativas o equidistante, es decir fronteras imaginarias, etc. etc., todo ello encaminado a bloquear el sentido común de los canarios, por otra parte ignorantado y escasamente interesado en un tema de tanta y vital importancia para Canarias y su pueblo nativo.
Ampliando lo anterior, tenemos que recordar que el 18 de octubre de 2010 siendo presidente del gobierno español Rodríguez Zapatero, en las conversaciones que mantuvo en aquel entonces con el presidente autonómico Paulino Rivero y, para asegurarse los dos votos de Coalición Canaria, Rivero pudo regresar a Canarias con el compromiso de que las aguas del archipiélago (?) cambiaran su denominación para que a partir del 2011 se llamen “Aguas Canarias”. Así las cosas en el BOE se publicó la Ley 44/2010 de fecha 30 de diciembre de aguas canarias. Curiosamente en esta Ley, aparecían no sólo las diferentes coordenadas geográficas de todas las islas sino que se complementaba con un mapa de Canarias, con las islas perimetrales sugeridas rodeando todas las islas (ver imagen) y debajo en un recuadro se dice “Este texto consolidado no tiene valor jurídico” y es que no puede perimetrarse a las islas con el criterio de líneas de base rectas, ya que estas sólo se contemplan en CONVEMAR para los Estados Archipielágicos.y Canarias no lo es. Es decir, en vez de una Ley, un brindis al sol respecto a “las aguas canarias”..
Dicho lo anterior, hay que hacer constar que todo lo relacionado con el mar es más jurídico que político, cuestión que no se ha tenido en cuenta en la Declaración Institucional del gobierno canario emitida con una carencia absoluta en todo lo relacionado con las leyes que rigen el Derecho del Mar (Convemar) y además, redactado a modo de agravio, cuando la Comunidad Autónoma no tiene ninguna competencia en la materia. Dicho esto, queda también claro que España, de acuerdo con la Convención, podría dotar a Canarias de una Zona Económica Exclusiva con su mar territorial, zona contigua y plataforma continental (1) (si la tuviere), por estar consideradas como islas, pero inexplicablemente España no lo hace. Se da el hecho de que Canarias, al ser realmente una colonia, no se hacen referéndum ni consulta alguna, sus habitantes sólo somos sujetos pasivos y no jurídicos, sin ningún derecho, coloquialmente diré que no pintamos nada, aunque de una forma ridícula protesten (los políticos coloniales) o pidan estar en una mesa de negociación, para aparentar que “defieden” a Canarias, como hemos podido leer en estas semanas pasadas…y las que quedan por venir.
Marruecos- Sáhara
La ley que pretenden implementar, conflictiva por naturaleza obvia, creo y así lo entiendo, trata nada más y nada menos, que terminar con el conflicto saharaui
de forma unilateral y definitiva a su favor, dejar de lado a las Naciones Unidas y terminar de una vez por todas con la presencia en el territorio de la Minurso y
evitar cualquier injerencia sobre el territorio hasta ahora en disputa, conocedor además de la debilidad del Frente Polisario sin capacidad para un choque bélico,(material bélico obsoleto), incapacidad financiera, etc.
Según ha trascendido, la Ley aprobada establece el perímetro de las aguas territoriales de las 12 millas a lo largo de todo el Sáhara occidental, delimita las 200 millas de su Zona Económica Exclusiva así como incorporar hasta las 350 millas con su Plataforma Continental.
Queda claro, que su interés está también promovido por la existencia en el subsuelo marino de varias montañas o islas sumergidas con valioso minerales estratégicos, como el telurio, cobalto, etc., así como su pretensión de manos libres para seguir explotando el rico banco pesquero, y otros recursos que ofrece el territorio, así como por su situación geoestratégica, etc.
Así las cosas, también ha trascendido que antes de saberse las dos leyes que manejaba instituir el gobierno marroquí, el Ministro de Exteriores de este país Nasser Burita se había entrevistado en Madrid con el presidente en funciones Pedro Sánchez y con el entonces ministro y hoy jefe de la diplomacia de la Unión Europea Josep Borrell en el que se decía que el Gobierno español esperaba unas negociaciones de “mutuo acuerdo”.
Cuando se celebró la comisión parlamentaria el 16 de diciembre en el parlamento marroquí, para tratar las dos leyes referidas al mar, el sr. Burita declaró en la citada comisión “Marruecos no impone un hecho consumado y tampoco está cerrado al diálogo con España y Mauritania para resolver cualquier problema de mutuo acuerdo”. El pasado miércoles día 22, amplió la frase diciendo que “España no solo es un vecino, es un socio estratégico y aliado de confianza”, pero DEJÓ CLARO que “Marruecos se aferra a su soberanía y cualquier diálogo con España se va a desarrollar en el marco de los derechos estratégicos de Marruecos”. La mesa está servida…
Cuando llegue el momento de sentarse a la mesa, no es descabellado el pensar que Marruecos le pague a España el favor de la entrega que le hizo en 1975 con el Sáhara, y le conceda a España algún espacio marítimo en la zona de las aguas que rodean a Canarias para satisfacer a los “canarios”, ya sea una mediana o pasillos marítimos y no belígerar con España en la Convención sobre la propuesta presentada por Madrid en dicho organismo de las Naciones Unidas, en diciembre de 2014 para ampliar las aguas marinas a las 350 millas al oeste de Canarias, lo que implica que se extiende la soberanía sobre los recursos naturales del suelo y subsuelo en un área de 296.500. kilómetros cuadrados, así como que España no se oponga, interfiera ni cree conflicto o controversia en la Convención sobre la polémica ley marroquí sobre el mar que rodea al Sáhara Occidental.
Hay que tener en cuenta y no olvidar, que todo este problema ha sido ocasionado por España con la vergonzante e inhumana entrega del Sáhara Occidental, materializada en el Acuerdo tripartito de Madrid entre España, Marruecos y Mauritania del 14 de noviembre de 1975 y presentado en las Naciones Unidas.
RAFAEL DELGADO PERERA
23.01.2020.
Nota del Autor.-Basándose en este artículo, Portugal dotó de ZEE a las Azores y Madeira, así como Francia, Inglaterra, Estados Unidos de América, etc. dotaron de ZEE a todas sus islas, algunas con controversia, por haber un estado ribereño, como fue el caso de San Pedro y Miquelón /Francia) y Canadá |
Bibliogafía:
- BOE se publicó la Ley 44/2010 de fecha 30 de diciembre de aguas canarias.
-Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.
-Acuerdo Tripartito de Madrid del 14 de diciembre de 1975.
-Agonía, traición y huida. El final del Sáhara Español – José Luis Rodríguez Jiménez- Editorial Crítica-2015..
-Periódico La Razón del 18.10.2010 –Zapatero cede las Aguas Canarias para asegurarse el apoyo de CC en los presupuesto.
-Las aguas del archipiélago canario en el Derecho Internacional del mar actualmente vigente. José Manuel Lacleta Muñoz. Documento de Trabajo (DT) 31/2005. 13,06.2005. Real Instituto El Cano.
-El Régimen Jurídico de los espacios marinos en derecho español e internacional. José Lacleta Muñoz, José Luis Almazán Gárate, Manuel Estepa Montero. Universidad Politécnica de Madrid. 2007
-España y Marruecos frente al Derecho del Mar-Tarik Atmane, Editorial Netbiblo,S.L. 2007
-Las islas y sus efectos para la delimitación marítima en la jurisprudencia de la Corte Internacional de Justicia y del Tribunal Internacional del Derecho del Mar-Publicación de Pablo Moscoso de la Cuba. Dialnet. 2013.
-Periódico El País del 29.12.2014.
-Artículo del autor: El nuevo estatuto y sus espacios marítimos-03.08.2018
-Otras bibliografías y Periódicos diversos.