Carta pública para la señora Gladys Acuña Alcaldesa del Ayuntamiento de Yaiza, Lanzarote. I.C. España.
Señora Alcaldesa; saludos cordiales.
(1). Le ruego comprenda y tenga en cuenta lo siguiente: Stratvs antes de ser precintada poseía Licencia de Apertura, pero luego fue precintada con una Medida Cautelar que el juzgado de Arrecife creyó conveniente imponerla porque un grupo de 5 denunciantes ecolojetas alegaron que la bodega obstruyó una red hídrica y contaminaba supuestos ríos subterráneos de agua dulce con aguas negras de su pozo que está localizado, como el de las restantes bodegas, a unos 7m de profundidad, pero según yo, el de Stratvs está en una posición más favorable ecológicamente porque se halla debajo de una ladera a casi pie de la Montaña Gaida en una pendiente con una inclinación de más o menos 25 grados, que ayuda a que las aguas negras que son separadas de residuos tóxicos antes de que vayan al pozo negro, las mismas una vez que se filtran en el subsuelo a través de una profundidad de unos 7-8m, corren pendiente hacia abajo dando lugar a que por gravedad después de unos 7-8m se profundicen filtrándose más hondo hasta desaparecer en un subsuelo caliente. Y por causa de que las raíces de las parras por naturaleza no toman agua más abajo de 2-3m, resulta que la posible contaminación que pueda dañar o contaminar las parras, por la gravedad desaparece en posiblemente 20 ó 30m en subsuelo alejado de la superficie en dirección hacia el manto terrestre.
(2). Tampoco debe olvidar que en La Geria nadie extrae agua dulce de pozos cavados bajo tierra porque en el Paraje no existe agua dulce subterránea. Lo que si existe son unos cuantos aljibes que durante las lluvias almacenan agua que corre a través del picón que hay en las laderas de las montañas y en áreas con pendientes. De igual forma la única fuente que por goteo o chorro delgado aun se filtra por la falda de un barranco habido en la parte sur de la Montaña Gaida, es uno que está directo a un aljibe dentro de una casa situada casi a pie de dicha montaña y alimenta su caudal y flujo durante unos días mientras ocurren las lluvias anuales; una vez que deja de llover la fuente se seca, o se mantiene fluyendo unos días más.
(3). Los tres magistrados de la Audiencia Provincial optaron levantar la Medida Cautelar que pesaba contra Stratvs desde el año 2013, en base a que después de estudiar la Acusación y la Defensa, entendieron que la Medida Cautelar se había prolongado en un tiempo excesivo que fue hasta final del año 2016, y también porque la defensa demostró que Stratvs no había eliminado ninguna red hídrica porque en La Geria no existen desde que ocurrieron las erupciones en 1730-36, que cubrieron con picón los barrancos pequeños en su totalidad y los grandes hasta más o menos la mitad, y asimismo porque la carretera LZ30 obstruye desde hace unos 40 años todos los barrancos llamados redes hídricas. Igualmente la defensa de Stratvs demostró que el supuesto barranco El Obispo no fue nunca parte de las redes hídricas de La Geria porque no es un barranco sino una hendidura que se formó durante las erupciones mencionadas. Pero más aun, el estudio vulcanológico que hizo el Gobierno Canario en el año 2010, confirma que no existen en presente redes hídricas y que la Montaña Gaida donde se halla Stratvs edificada no está dentro del grupo que conforma las redes hídricas que existieron hace unos 285 años en dicho Paraje.
(4). En otro orden, la defensa de Stratvs demostró que ríos de agua dulce jamás han existido en La Geria porque la pluviometría en la zona es de unos 25-30 cm por m2 anual, que no da lugar a que se puedan formar ríos subterráneos de agua dulce, aparte el programa de Google Earth indica en infrarrojos 3D que, la Zona La Geria es subsuelo caliente que impide que pueda acumular agua dulce, y si la hubiese saldría en forma de geiser, pero no sucede.
(5). (No olvide, los políticos y los ecolojetas si mienten por rutina, pero Google Earth Satélite –no- porque nadie lo mangonea).
(6). Es resumida cuenta los tres Magistrados fallaron en favor de levantar la Medida Cautelar que pesaba sobre Stratvs porque se dieron cuenta que la acusación no era verídica en su totalidad, sobre todo en los supuestos atentados ecológicos que se le impugnaban a Stratvs y que pedían años de cárcel para JFR, y también porque el periodo que se mantuvo como Medida Cautelar se había extra pasado del límite de tiempo, de ahí que los tres magistrados decidieran ordenar que Stratvs se des-precintara hasta que se celebre el juicio correspondiente que se espera para dentro de X tiempo.
(7). Ahora para la apertura, usted señora Alcaldesa de Yaiza y su sequito de ecolojetas, no poseen potestad para alegar que para que Stratvs pueda abrir de nuevo al público necesitará de una nueva licencia, porque si así lo intentaran sería igual como desobedecer el mandato de los tres magistrados que ordenaron que Stratvs sea des-precintada que es igual a abrirla al público.
(8). Si Stratvs tenía licencia cuando fue precintada, lo lógico es que ahora que ya posee el des-precinto, tenga también derecho de conservar la licencia de apertura que en presente no puede ser anulada por la Alcaldía de Yaiza ni por el Cabildo de Lanzarote por causa de que el Sistema Judicial está por encima del Sistema Político.
(9). Tampoco cabe alegar, como usted anunció en un medio de comunicación: “Para que Stratvs pueda de nuevo abrir al público el Cabildo de Lanzarote debe publicar si la bodega se ajusta al medio ambiente urbanístico de La Geria”. Le respondo que su pretendida petición es imposible llevarla a cabo por causa de que el Cabildo tendría que elaborar ese informe basándose en el anulado Plan La Geria del 2013-2014, y a no tener un documento por el cual regirse todo debe quedar pendiente hasta que se celebre el juicio. Y menos cabe que se alegue que se imponga lo que expone el PIOT porque este documento es simplemente un Plan General que está provisto de unas pocas normas que son insuficientes para determinar si Stratvs u otro inmueble se ajusta o no al medio ambiente urbanístico de La Geria.
(10). De lo que usted ya publicó, concluyo que no posee derecho para demandar un informe del Cabildo en el que le confirme si Stratvs se ajusta o no al medio ambiente urbanístico de La Geria, para luego usted analizar si le puede autorizar o no una nueva licencia para que pueda Stratvs re-abrir hasta que se celebre el anunciado juicio. Si usted procediera según lo que ha dicho públicamente, estaría incurriendo en un delito de desobediencia contra el mandato ordenado por los tres magistrados de la Audiencia Provincial. O sería igual como llamarlos incompetentes.
(11). Des-obedecer un mandato ordenado por un ente del Poder Judicial que está por encima del Poder Político, es igual a incurrir en un delito de desacato o desobediencia, acto que está penado con varios años de cárcel.
Le deseo que la vida le vaya próspera y plena de salud.
Post datum:. (Ecolojetas) son las personas que mienten y tergiversan la biodiversidad e intentan o se aprovechan con malicia de las buenas obras que los (ecologistas) promueven desde su sabiduría y amor por la naturaleza. Yo soy ecologista.
Por favor, leer links (1). Noticia sobre lo que la Audiencia Provincial ordenó. Y(2). Lo que la Alcaldesa dijo públicamente:
http://www.lancelotdigital.com/images/20161230153959.pdf