El funcionario policial está siendo "investigado" por "su presunta participación" en un "delito de prevaricación"

Los Tribunales ordenan la "devolución" de una perra a su propietario, que había denunciado a un Policía Local de Arrecife por su "presunto robo"

Devuelta la perra a su dueño

FOTOS: PEDRO SEGURA. El Juzgado nº 3 de Arrecife ha ordenado este miércoles 22 de mayo, la "devolución" de la perra "Ni" a su propietario, Vicente Emiliano San Miguel Riesgo, 9 meses después de que la misma fuera aprehendida de forma presuntamente ilegal por un agente de la Policía Local de Arrecife. El funcionario policial está siendo investigado por un supuesto "delito de Prevaricación".

Tras 2 citaciones a las que no acudió, el pasado 11 de diciembre de 2018 el agente de la Policía Local de Arrecife acudió con su abogada a las dependencias de la Guardia Civil de Costa Teguise, donde se le informó que "está incurso en una investigación". Más aún, se le advirtió que se está indagando sobre "su presunta participación" en un "delito de prevaricación". Sin embargo, tras serles leídos sus derechos, se negó a prestar declaración.

El pasado 21 de enero de 2019, las diligencias fueron remitidas al Juzgado "por la posible comisión de una infracción penal".

 

Los hechos se remontan al pasado 17 de agosto de 2018, cuando el ciudadano Vicente Emiliano San Miguel Riesgo, se encontraba durmiendo en el Charco de San Ginés “frente al esqueleto de la ballena” junto con su perra chihuahua (mestiza) de nombre NI. Según él relata, “había ido de viaje a La Graciosa, y a la vuelta comencé a sentirme mal, por lo que me tumbé en el Charco a ver si se me pasaba, y perdí el conocimiento”. Lo cierto es que a las 13,50 horas de ese mismo día, un agente de la Policía Local de Arrecife acudió al lugar y le intervino su preciado animal.

Al día siguiente, según afirma, Vicente Emiliano acudió a la Comisaría de la Policía Local, para reclamar su perra. Sin embargo, allí le dijeron que “no tenían conocimiento de la aprehensión de una perra chihuahua, ni se había realizado informe alguno”. Seguidamente acudió a Sanidad, “y tampoco sabían nada de mi perra ni de que se hubiese hecho ningún informe por parte del agente actuante”.

El señor San Miguel Riesgo continuó acudiendo durante todo el mes de agosto, a la Central de la Policía Local y al Departamento de Sanidad, y la respuesta siempre fue la misma: “Aquí NO HAY NINGÚN INFORME SOBRE LA INCAUTACIÓN DE LA PERRA, y el animal no aparece por ningún lado”. Incluso acudió a la Perrera Municipal donde le aseguraron que “no hay ningún animal de esas características”.

  • El Informe “aparece” a los 19 días

Tras 17 días peregrinando de departamento en departamento, Vicente Emiliano contactó con la formación VECINOS UNIDOS, y a través de ellos presentó un Escrito en la Alcaldía de Arrecife (2018-E-RC-18735). En el mismo denunciaba que “el pasado día 16 de agosto agentes de la Policía Local de Arrecife me retiraron mi perra llamada NI, color canelo con una raya blanca en el pecho, chihuahua mestiza de mi propiedad, EN NINGÚN MOMENTO ME SOLICITARON MI DOCUMENTACIÓN NI LA DE LA PERRA” añadiendo que “pese a haber solicitado su devolución en varias ocasiones en la Jefatura de Policía y en el Departamento de Sanidad del Ayuntamiento, me han informado que no saben dónde está dicho animal”. Haciendo hincapié en una cuestión muy importante: “Según la normativa, el animal incautado debería quedar en DEPENDENCIAS MUNICIPALES… hasta su recuperación un mínimo de 20 días”.

No sólo eso sino que el denunciante  solicitó “copia del Informe de la Policía Local de Arrecife, donde se justifique la retención de mi perra… la devolución de la misma en tanto no exista dictamen en contra”.

Parece ser que este Escrito obligó a mover ficha, puesto que el 5 de septiembre (19 DÍAS DESPUÉS DE LA INCAUTACIÓN) apareció el Informe Policial (2018-3196), asegurando el agente 13097 que “me requieren varios ciudadanos para alertar que hay un señor que lleva toda la mañana supuestamente en estado de embriaguez tirado en el Charco de San Ginés y a su vez tiene un perro de tamaño pequeño atado expuesto completamente al sol, el cual no para de jadear debido a que lleva toda la mañana allí”. Añadiendo que tras acudir al lugar en cuestión, “hay una persona acostada en el Charco de San Ginés frente al esqueleto de la ballena, tiene un perro de tamaño pequeño, raza chihuahua de color canelo, el animal estaba jadeando, expulsando bastante saliva por la boca, CLAROS SÍNTOMAS DE DESHIDRATACIÓN debido al fuerte calor al que llevaba expuesto”.

  • No lo llevaron a la Perrera Municipal ni a SARA (única ONG con Núcleo Zoológico)

Continúa el tardío Informe exponiendo que “se requiere a dicha persona pero no atiende a la llamada del que suscribe, está profundamente dormido, por tales motivos se retira al animal del lugar debido a que a estas horas no hay servicio de Perrera Municipal y la misma se encuentra llena”. Añadiendo que “se hace entrega a la Protectora ‘Rescate Animal’ que se encuentra por la zona para que atienda al perro ya que está sufriendo un golpe de calor”. Obviando que la única Protectora de Animales cualificada y autorizada por el Gobierno Canario “como entidad colaboradora”, ya que es la única que tiene Núcleo Zoológico, es SARA.

Asegura el agente en el Informe que “el animal va a ser incautado de forma cautelar ya que no está ‘apto’ para tener a un animal a su cargo, debido a que el perro está sufriendo un golpe de calor y él no era consciente de los hechos”. Añadiendo seguidamente que “tras entrevistarse con varios vecinos de la zona, manifiestan que no es la primera vez que ocurre, le han llegado a poner hasta agua ellos mismos, esta persona tiene muchas veces al animal suelto mientras duerme y el perro ha estado a punto de ser atropellado en varias ocasiones”.

No quedó ahí la cosa, puesto que según reza en el tardío Informe, “Tras abandonar la zona nos requieren de nuevo, al parecer hay una persona que está detrás del Charco de San Ginés, la marea está vacía y está ’enterrado’ en lodo, que no puede salir, personados nuevamente en el lugar, se comprueba que es la misma persona hay varias personas sacándolo del lugar”. Motivo por el que el agente solicita que “se proceda a la incautación definitiva del animal, ya que corre peligro la vida del mismo, NO ES UN CASO AISLADO, el animal se encuentra en la Protectora Rescate Animal hasta la resolución del expediente”.

  • ¿Abuso de autoridad?

Ante los citados hechos, Vicente Emiliano presentó una denuncia en el Destacamento del SEPRONA el pasado 14 de septiembre (nº Reg. 358), en la que aportó toda la documentación que demostraba que era propietario de la perra (Pasaporte animal, microchip). Manifestando que el día de autos, “yo estaba acostado y mi perra acostada pegada a mí (frente a la estatua de la Ballena), el Policía Municipal de Arrecife 13097, de forma sigilosa, sin más, se apoderó arbitrariamente de mi perrita, diciendo que se lo entregaría a la Protectora Rescate Animal, y se la incautó, sin que yo haya sido capaz de recuperarla, ni siquiera poder saber donde está pese a las múltiples gestiones personales que he realizado ante la Alcaldía de Arrecife y de sus locales de depósito de animales y bienes inmuebles”

En cuanto al Informe Policial,  “el referido agente policial de Arrecife manifiesta que yo –después- estaba metido en el Charco de San Ginés, lo que no dice es que estaba recogiendo mis enseres que se habían caído al charco”. Añadiendo que “en esencia, no he vuelto a ver a mi perrita ni sé donde está, por más interés que tengo en recuperar lo que es parte de mi vida, es lo único que tengo, que el policía me la arrebató con violencia verbal al despertarme, cuando me sentía mal y no acudió a auxiliarme, sino que se llevó mi perrita contra mi voluntad, incurriendo en un presunto delito de (denegación de) socorro”.

Por todo ello, alega el denunciante que “me hace presumir que me ha robado la perra el propio policía local, incurriendo en el pertinente delito de robo, con las consecuencias penales y de responsabilidad civil como autor del hecho aquí denunciado, tanto del Ayuntamiento de Arrecife como del referido policía local, en su caso, sobre el daño moral y material ocasionado a este denunciante”. Advirtiendo el Abogado del denunciante que “los hechos pueden ser constitutivos de un delito de robo, contemplado en el artículo 242 del Código Penal, POR VIOLENCIA O INTIMIDACIÓN EN ABUSO DE AUTORIDAD”.

- Investigación del SEPRONA

  1. La “incautación” se produjo el 17 de agosto, sin embargo el Informe no se realizó hasta el 5 de septiembre (tras la denuncia por escrito en la Alcaldía), A LOS 19 DÍAS, a punto de expirar el plazo de 21 días que marca la Normativa para recurrir la aprehensión de un animal.
  2. Para realizar una incautación ES NECESARIO UN INFORME DE VETERINARIO y Resolución de la Alcaldía; y en casos de gravedad o maltrato se remite al Juzgado correspondiente por el presunto delito cometido. Sin embargo, en este caso parece que se optó por no emitir informe alguno y dejar transcurrir el plazo de 21 días
  3. Reseña el Informe Policial que “el animal se encuentra en ‘Rescate Animal’ hasta resolución del expediente”… Sin embargo  han obviado que, aunque el perro fuera incautado el 17 de agosto, NO SE PODÍA INICIAR EXPEDIENTE ALGUNO, ya que  el informe no fue entregado al propietario del animal hasta el día 5 de septiembre. Todo lo contrario sería DEJAR EN TOTAL INDEFENSIÓN AL DUEÑO DE LA PERRA (que ha estado día tras día acudiendo al Cuartel de la Policía, DURANTE 19 DÍAS, para que le dieran el Informe). Es decir, que le han dejado SIN EL DERECHO A RECURRIR Y PRESENTAR LAS PERTINENTES ALEGACIONES, como marca la Ley.
  4. El tardío Informe Policial señala que el animal “expulsa saliva por la boca, claros síntomas de deshidratación debido al fuerte calor”. En este caso, el deber del Policía en cuestión debería ser ATENDER PRIMERO A LA PERSONA, ya que si hace “mucho calor” TAMBIÉN DEBERÍA ESTAR DESHIDRATADA. Pero no, se lleva al animal y deja al propietario allí tumbado
  5. Tenemos constancia de que el animal no fue entregado a la Perrera Municipal, porque estaba llena. Pero en dicho caso, lo que indica el protocolo es que los animales sean dejados en custodia de una ASOCIACIÓN CON LA QUE EXISTA ALGÚN CONVENIO DONDE SE CONSTATE LA COLABORACIÓN CON LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (como es el caso de SARA)… Sin embargo, la perra fue dejada en manos de “Rescate Animal”, de la que no tenemos conocimiento que tenga Núcleo Zoológico ni de que esté autorizada por el Gobierno de Canarias como “entidad colaboradora”. Es más, no tiene ningún Convenio firmado con el Ayuntamiento de Arrecife.
  6. Aparece en el muy tardío Informe Policial que la perra “no está dada de alta en Zoocan”. Es sorprendente que el citado policía (de Protección Animal) no sepa que en tal caso debe contactar con el Colegio de Veterinarios para solicitar la identificación del propietario. Para eso están las bases de datos, y aunque no esté en la de Zoocan, la identificación del dueño debe realizarse. Y más en este caso, cuando solo es una comprobación de la identidad de esta persona. Si el Policía Local, cuando le incautó el animal, le hubiera solicitado la documentación personal (D.N.I. y la cartilla de la perra) no hubiera hecho falta la consulta al Zoocan.
  7. Con todo lo expuesto, nos hacemos las siguientes preguntas: ¿Por qué han tardado 19 días en entregarle el Informe Policial al dueño de la perra, justo a punto de expirar un “expediente” que no debió ser iniciado sin haberse informado al denunciante? ¿Por qué durante esos 19 días, el dueño del animal ha estado peregrinando desde la Central de la Policía Local al Departamento de Sanidad, y en ninguno de dichos lugares se tenía conocimiento de la existencia del Informe (ni expediente), y por tanto del paradero de la perra? ¿Por qué no se entregó el animal en la única ONG con Núcleo Zoológico (como es el caso de SARA), y se hizo en “Rescate Animal”, que supuestamente no cuenta con Núcleo Zoológico ni está autorizada por el Gobierno canario como “entidad colaboradora”? ¿Por qué no se cumplió con el obligado protocolo en cuanto a identificación y atención al animal, y a su propietario? ¿Por qué se efectuó la incautación sin informe previo ni la autorización de la autoridad sanitaria competente? ¿Por qué, si según alega el agente, incautó la perra por un “golpe de calor”, y no atendió a su dueño que sufriría el mismo “golpe de calor”? ¿Por qué se cedió la perra a una asociación sin convenio firmado con el Ayuntamiento?  ¿Por qué, cuando ese policía incauta un animal, lo sube a su página web, y en esta ocasión no lo ha hecho.