El abogado Emilio Medina ha conseguido que vuelvan a ser empadronadas

Madre e hija magrebíes, expulsadas injustamente del padrón, luchan por justicia: “No somos tontas, solo queremos nuestros derechos”

Zona en la que ocurrieron los hechos
La desesperación ha marcado las últimas semanas de una madre y su hija magrebíes en Arrecife, tras haber sido dadas de baja ilegalmente del padrón municipal por el Ayuntamiento, dejándolas sin acceso a sanidad, educación ni ayudas básicas. Ahora, gracias a la intervención judicial, han sido readmitidas en el padrón, pero la batalla no ha terminado: exigen justicia y denuncian un grave abuso administrativo.

“No tengo marido, estoy enferma, me queda poco tiempo de vida y nadie me ayuda”

La madre, visiblemente afectada, clama entre lágrimas la situación de abandono en la que han quedado tras esta injusticia. “No tengo marido, estoy muy grave, me queda poco tiempo de vida y nadie me ayuda”, grita desesperada. Sin empadronamiento, ambas quedaron en un limbo legal, perdiendo su derecho a la asistencia sanitaria, al bono de residente y, lo más grave, poniendo en riesgo la educación de su hija, una estudiante de bachillerato con buenas calificaciones.

Según denuncia la afectada, la empresa Lanzaokupa fue la responsable de iniciar el procedimiento para su expulsión del padrón, alegando falsamente que eran okupas. Esta acusación, según su abogado, carece de fundamento, ya que ser okupa no es motivo suficiente para una baja padronal, como establece el Real Decreto 1690/1986 y la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

Porque seamos magrebíes no somos tontas”, enfatiza la mujer. “Sabemos nuestros derechos y no vamos a permitir que nos pisoteen solo por ser extranjeras o por no tener dinero”.

Una vivienda digna y la restitución de servicios básicos

La madre, además de exigir justicia, pide una vivienda con luz y agua incluidas en el contrato por 350 euros al mes, ya que, según afirma, Lanzaokupa les cortó las instalaciones de luz y agua de forma arbitraria, dejándolas en una situación insostenible.

Una actuación ilegal del Ayuntamiento que podría ser prevaricación

La exclusión del padrón sin previo aviso ni procedimiento legal podría constituir un delito de prevaricación administrativa (artículo 404 del Código Penal), ya que se ha dictado una resolución injusta sabiendo su ilegalidad.

El Tribunal Constitucional ha reiterado en múltiples ocasiones que toda persona tiene derecho a estar empadronada en el lugar donde resida de manera habitual, independientemente de su situación legal en la vivienda. Ni ser okupa ni la falta de contrato de alquiler son razones válidas para dar de baja a una persona del padrón, ya que este registro no es un instrumento de regulación de la propiedad, sino un mecanismo para garantizar derechos esenciales.

La lucha por la dignidad y la justicia

La madre y su hija han sido víctimas de un sistema que, en lugar de protegerlas, las ha dejado en la indigencia por una decisión arbitraria. Ahora, con el apoyo de su abogado, están decididas a llevar el caso hasta las últimas consecuencias.

No vamos a callarnos. No somos tontas. Sabemos que tenemos derechos y vamos a luchar por ellos”, sentencia la madre.

El caso ha generado una fuerte indignación en la comunidad, que ve en esta situación un claro ejemplo de abuso institucional y discriminación. Mientras tanto, madre e hija solo esperan que se haga justicia y que su sufrimiento no se repita en otras familias vulnerables.

La intervención del joven letrado Emilio Medina ha conseguido el reempadronamiento, pero aún resta un largo procedimiento judicial.

No trajeron un traductor para que la señora, que no entendía español, supiera lo que decía la carta

El propi Medina explicó que "se aprovecharon que la señora no entendía el español, y no trajeron un traductor para decir que se trataba de una carta que le mandó el ayuntamiento". Una discriminación, ya que cualquier persona necesita conocer en un lenguaje comprensible lo que se le expone, al igual que las personas con discapacidad.