AUTORIZABAN LA CONSTRUCCIóN DE UN COMPLEJO RESIDENCIAL DE 1012 VIVIENDAS Y 220 LOCALES COMERCIALES

La Justicia anula las Licencias de Costa Roja

Parcela de Costa Roja

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 5 de Las Palmas, ha anulado las Licencias que el Ayuntamiento de Yaiza había concedido a "Residencial Costa Roja SA" y "Costa Lleó SL", para construir un complejo residencial y comercial compuesto por 1.012 viviendas y 220 locales comerciales en la zona turística de Playa Blanca. Se da la circunstancia de que en febrero pasado, VECINOS UNIDOS había presentado una Denuncia en la Fiscalía y el CGPJ, señalando que "no se podía aprobar el Plan General Supletorio de Yaiza", mientras no se conciera la sentencia sobre el llamado Caso "Costa Roja".

La historia comenzó el 5 de diciembre de 2006, cuando el entonces Alcalde de Yaiza (y múltiple imputado) José Francisco Reyes, concedió a la entidad mercantil "Costa Roja" Licencia Urbanística, autorizando un Proyecto Básico de Obras para la construcción de un complejo residencial y comercial compuesto por 1012 viviendas y 220 locales comerciales. Pero el Cabildo de Lanzarote interpuso un recurso contencioso-administrativo contra dicha decisión.

Pese a ello, el consistorio sureño volvió a firmar un nuevo Decreto en apoyo de la primera licencia, el 8 de junio de 2007. Y el 3 de junio de 2008, el Cabildo amplió su recurso... Desde entonces, han sido muchas las propuestas desde el ayuntamiento, para que el Cabildo "retirase el procedimiento judicial"; la última, con el burdo intento de aprobar el Plan General Supletorio de Yaiza, pretendiendo el nuevo grupo de gobierno, "construir complejos turísticos en la citada parcela".

Según reflejan los Fundamentos de Derecho de la Sentencia (Procedimiento Ordinario 262/2007), "las licencias recurridas autorizan la construcción de un macroproyecto edificatorio en unos terrenos en los que la ordenación urbanística y territorial no permite edificación, ni tampoco su urbanización, por tratarse de suelo urbanizable no sectorizado, infringiendo los artículos 18.2, 69.1 y 164.1 a) del Derecho Legislativo 1/2000".

- Querían construir 4 veces más de lo permitido

Según señala la sentencia, "el informe de 5 de julio de 2007, suscrito por los funcionarios de la Oficina del Plan Insular, como también los informes emitidos el 16 de noviembre de 2006 y el 8 de junio de 2007 por la propia oficina técnica del ayuntamiento de Yaiza, advierte de la falta de ordenación pormenorizada del suelo en cuestión". Añadiendo que "las licencias autorizan un proyecto que va en contra de los parámetros globales, básicos y esenciales, que para los desarrollos y actuaciones en las zonas 7 y 8 del suelo urbanizable que establece el Plan General de Yaiza... el proyecto prevé una edificabilidad cuatro veces superios a la permitida en el Plan General para dicho suelo".

Con todo, se deja claro que "la licencia autoriza un uso distinto del establecido en el Plan General de Yaiza para el suelo incluido en las zonas 7 y 8, pues mientras que el planeamiento atribuye a la pieza de suelo en que se emplea la actuación recurrida de uso turístico, el proyecto destina los referidos terrenos a uso residencial". Otro motivo de anulación de las licencias es que "incumplen las Directrices 11.5 y 12.3 y 4 de Ordenación del Turismo en Canarias".