Destrozo continuo del medioambiente lanzaroteño y falta de respuesta patrimonial
PUEBLO MAHO
El reciente encuentro, por parte de una persona de esta asociación, de dos turistas fracturando lava de una colada emitida por los volcanes de Timanfaya, incluida en uno de los parajes de mayor protección y belleza de la isla, nos permite reflexionar acerca del grado de respeto que muestran hacia la naturaleza algunas personas que nos visitan o que siendo foráneas residen en Lanzarote. Igualmente es una oportunidad para valorar la eficacia de la vigilancia para proteger el patrimonio natural de la isla en el que se sustenta la economía insular, al igual que sobre la respuesta que se obtiene por parte de las entidades que tienen la obligación de proteger este patrimonio y en la necesaria implicación de la ciudadanía, la cual solo es contemplada en la actual ley de patrimonio histórico, como persona a la que se le puede multar y atendiendo al Decreto 111/2004, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre Procedimiento de Declaración y Régimen Jurídico de los Bienes de Interés Cultural ha de costear y redactar cuantos documentos se precisen para iniciar el procedimiento para declarar bien de interés cultural a un elemento del patrimonio cultural que así considere. La ciudadanía, consciente de la importancia del patrimonio, ha de pagar los trámites necesarios para que las diferentes administraciones hagan su trabajo, pero además hay que desarrollar los estudios necesarios si pretende que las entidades públicas materialicen la protección de los bienes que tienen el deber de perservar.
Es conocida la afición que muestran turistas por construir torretas de piedra allá donde consideren, así como formar figuras, letras y palabras con sucesiones de piedras exentas en los lugares que elijan para ello, con independencia de su procedencia o no. Desde hace años permanece en el fondo de la Caldera de Guanapay palabras conformadas por piedras sueltas, sin que la administración responsable proceda inmediatamente, desde advertir su presencia a su retirada, a pesar de que se ubica en un lugar que ostenta la máxima categoría de protección y de reconocimiento que permite el estado español. No parece que parte del dinero que el Ayuntamiento de Teguise recaba de las entradas a la fortaleza revierta en la conservación del bien y de su entorno, y tampoco parece que el Cabildo muestre la voluntad de actuar atendiendo a la pasividad municipal. No existe correlación entre la presencia de estas “obras de arte” y la diligencia con la que la administración debe actuar, y ni mucho menos con la inversión en recursos que son necesarios para minimizar esta afición.
El hecho reseñado acerca de una pareja turista que ante la ausencia de piedras sueltas en el entorno inmediato, no duda en romper la colada de lava para cumplimentar su obra, nos permite evaluar la eficacia de los medios que la ciudadanía tiene a su alcance para impedir o frenar una agresión, y también para facilitar a la administración los datos necesarios que posibiliten evitar el daño. Para ello debe existir una maquinaria patrimonial engrasada, porque la norma nos indica que las llamadas telefónicas advirtiendo cualquier destrozo no tienen pronta respuesta, y en muchas ocasiones ni se recibe contestación. La cantidad de llamadas de teléfono que ha de hacer la ciudadanía en el intento desesperado para proteger con medios que no están a su alcance el patrimonio que está siendo agredido, no garantiza su logro, ya que las respuestas que se suceden rayan más en las disculpas que en las razones que impiden actuar con diligencia, tanto por parte de cualquiera de los departamentos del Cabildo Insular, como Geoparque, Medioambiente, Patrimonio Histórico, Brigada Ecológica, Reserva de la Biosfera o Prensa del Cabildo Insular, como de los ayuntamientos, SEPRONA o policías locales. Las preguntas que realizan las personas profesionales que atienden las llamadas urgentes van encaminadas a evitar su implicación, centrándose en “¿Está segura que eso está en ese municipio?”, “No me puedo acercar, estoy solo porque el otro compañero está de baja”, “Para eso usted tiene que llamar al Cabildo… No, no tengo el número de teléfono aquí, tiene que llamar y preguntar”, etc. Y estos ejemplos de contestaciones no son inventados. Basta conocer el grado de formación y el medio de acceso al puesto de trabajo de estas personas para no sorprendernos si vemos, como de hecho ha sucedido, que el correspondiente servicio de vigilancia acuda a un lugar cercano a donde ocurren los hechos y después de dejar pasar tres minutos y sin bajarse del vehículo continúan su ruta, que no es de vigilancia, ni de protección, sino de dejar pasar el tiempo hasta que finalice la “jornada laboral”.
El procedimiento creado por el gobierno de Canarias para proteger bienes relevantes del patrimonio cultural a través del decreto 111/2004, de 29 de julio ya citado, establece que para que cualquier persona o asociación solicite que el cabildo correspondiente o el gobierno canario inicie expediente de bien de interés cultural es necesario facilitarles una propuesta que contempla un estudio, señalización cartográfica y literal de sus límites y de su entorno de protección, así como la relación de las personas o entidades propietarias del suelo, lo que conlleva tramitar las correspondientes peticiones ante la oficina del catastro y registro de propiedad con el conveniente pago de cada nota simple requerida. No se trata solo de una cuestión estrictamente económica sino de comodidad por parte del gobierno, que obliga a trabajar el expediente a la ciudadanía y no a su personal técnico en el supuesto que disponga de él. Pero además, esa misma persona o asociación que lo solicita no está facultada para acudir a los tribunales, al no reconocerle este derecho, pero sí la obligación de costear 300 o 400 euros para facilitarle los nombres de la propiedad al gobierno que a su vez facilita otra administración pública. Las particularidades de este procedimiento indican el respeto y la implicación del gobierno en facilitar la participación ciudadana para reconocer y proteger los bienes, que por otra parte la administración ni conoce ni conserva, pero sí obliga.