La reforma de la calle Princesa Ico y la empresa Ingemont

5-Princesa Ico

NC TÍAS

 

La empresa tenía 3 meses como plazo de ejecución de las obras, iniciaron las mismas el pasado 19 de septiembre de 2016 y debieron finalizar el 19 de diciembre de 2016.

Las administraciones públicas sacan a concurso público contratos de obras y servicios estableciendo los criterios que han de servir de base para la adjudicación del contrato entre los que incluyen el precio, la calidad, posibles variantes o mejoras, el plazo de ejecución, etc.  Las empresas que realizan las ofertas deben cumplir una serie de requisitos de solvencia económica y técnica, estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, establecimiento de garantías, entre otras.

Proyectos y Montajes Ingemont SA fue la empresa ganadora para la obra de reforma de acerado y asfalto de la calle Princesa Ico en Puerto del Carmen, siendo la misma empresa adjudicataria para la tan nombrada y demorada ejecución de la obra en la Avenida marítima de Arrecife cuyo contrato resultó resuelto por el Cabildo de Lanzarote.

En el pliego de condiciones para la obra en la calle Princesa Ico de Puerto del Carmen se estipuló que el plazo de ejecución sería de “TRES MESES”, habiendo empezado las obras el 19-09-2016 debía finalizarlas el 19-12-2016, pero no lo ha hecho, incumpliendo el plazo fijado. Y posiblemente el gobierno local ante este incumplimiento tenga que resolver el contrato, tal como en su día lo hizo el Cabildo con la obra de la Avenida de Arrecife, siendo presuntamente este viernes 13 el último día de trabajo, estando la obra sin ejecutar quedará paralizada hasta que se encomiende a otra empresa.

Sabemos y estamos de acuerdo que son necesarias las obras públicas como acompañamiento de la obra privada enmarcadas dentro del Plan de Modernización, que toda obra genera incomodidades y problemas mientras se realizan, pero que una vez finalizadas y si están bien rematadas, se agradece y se disfruta de ellas.

Pero desde Nueva Canarias Tías pensamos y creemos que hay que revisar y analizar mejor los concursos públicos,  hay que mejorar y afinar más los pliegos de condiciones, no dando sólo prioridad como criterio de adjudicación al precio, estableciéndose que la empresa adjudicataria no pudiese subcontratar a la baja a otra empresa para realizar la obra, estableciendo penalizaciones por retrasos,  indemnizaciones por incumplimientos, etc.

Además una vez adjudicada cualquier obra el gobierno local no debe desentenderse sino que debe realizar un seguimiento de la ejecución, mandando realizar certificaciones periódicas que garanticen el cumplimiento de las condiciones acordadas.

Quizá lo más sensato en estos casos sería, a nuestro juicio, que en lugar de rescindir el contrato se obligue a la empresa a terminar de ejecutarlo en el precio pactado y, en caso de incumplimiento, que abonen penalizaciones y/o indemnizaciones, pero para ello, esto debe fijarse debidamente en el pliego de cláusulas administrativas.