El Tribunal Supremo ratifica la pena de prisión para el ex-concejal de Urbanismo de Tías
Los hechos en sí se iniciaron en septiembre de 2000, cuando la Agencia de Protección al Medio Urbano y Natural (APMUN) informó sobre la existencia de un "depósito de áridos en suelo rústico potencialmente productivo", sin contar con la "calificación territorial del Cabildo ni la pertinente licencia municipal". E inmediatamente, el Ayuntamiento de Tías le abrió un Expediente Sancionador a la empresa responsable, INDELASA, ordenándole "la reposición de la realidad física alterada". La APMUN precintó la obra, y le preguntó al consistorio si ya habia derribado la misma.
En agosto de 2001, el Ayuntamiento respondió a la Agencia que el procedimiento "había finalizado con el abono de la correspondiente sanción", añadiendo que "las obras habían sido legalizadas". Sin embargo, todo fue una falsedad, porque lo que en realidad se legalizó fueron la colocación del vallado y el plantado de palmeras. El depósito de áridos continuaba en la ilegalidad.
Según denunció la Fiscalía, Reyes fue el "responsable de engañar a la APMUN, consolidando la construcción ilegal que debería haber sido demolida!. Peor aún, "siendo falsos los hechos del abono de la sanción y de la legalización", advirtiendo laagencia "lo falsario de lo documentado".
Jose Alberto Reyes presentó un recurso de apelación a la sentencia de la Audiencia Provincial, que ha sido rechazado totalmente por el Tribunal Supremo.