Alternativa Ciudadana impugna las modificaciones del Pliego de Condiciones de la Privatización de Inalsa
NOTA DE PRENSA:
"Tras haber recurrido el pasado noviembre los pliegos de condiciones para la privatización de INALSA apoyándose en ocho puntos que indican la vulneración a varios fundamentos del derecho, Alternativa Ciudadana 25 de mayo vuelve a recurrir los pliegos ratificando los puntos anteriores y añadiendo un noveno punto que indica que con las nuevas modificaciones no se consigue otra cosa que rebajar las pretensiones fijadas en el inicio del proceso de privatización de INALSA.
AC-25m considera que las nuevas modificaciones del pliego de condiciones, por las que el concurso deja de ser abierto para ser “negociado con publicidad” incumplen el artículo 170 del Real Decreto legislativo 3/ 2011. Este artículo expone que los contratos que celebren las Administraciones Públicas podrán adjudicarse mediante procedimiento negociado “cuando, tras haberse seguido un procedimiento abierto o restringido, no se haya presentado ninguna oferta o candidatura, o las ofertas no sean adecuadas, siempre que las condiciones iniciales del contrato no se modifiquen sustancialmente”.
En este caso, los aspectos de negociación del contrato serán los cánones variables recogidos en los pliegos, la posibilidad de modificar el plazo para la revisión de la tasa por el consumo de agua potable, la duración del contrato y los plazos para el abono de canon fijo y de las inversiones, aspectos que a nuestro parecer cuentan con la suficiente relevancia como para que pueda considerarse que modifican “sustancialmente las condiciones iniciales”.
Condiciones rebajadas
Desde Alternativa Ciudadana 25 de mayo consideramos que los cambios sí son sustanciales porque no se establecen mínimos ni en los plazos, ni en cantidades de los distintos cánones a cobrar, ni en la posibilidad de modificar el plazo para la revisión de la tasa por el consumo de agua potable, ni en el tiempo de duración de contrato, ni en las inversiones. Cualquier alteración de estas condiciones cambiarían sustancialmente a la baja las pretensiones fijadas al inicio del procedimiento de privatización.
Por otra parte, el montante total de esta concesión asciende a 120.000.000€. Es sustancial que sean susceptibles de modificación 54.262,575 (45%), que es la cantidad que se cobrarían por los cánones variables. También consideramos que sí es sustancial que la promesa del Presidente de no subir el coste del agua, hasta el 2016, quede ahora supeditada a los intereses de las empresas que concurran a este concurso y los vecinos corramos el riesgo de pagar, desde el primer día, un mayor coste del agua.
El mismo Presidente reconoce en la última sesión ordinaria de la asamblea general del Consorcio del Agua de Lanzarote celebrada el pasado 11 de enero que si bien el canon fijo no es negociable si lo son “los canones variables contemplados en el Pliego, así como, la duración del contrato y la posibilidad de negociar el plazo cuatro años para la modificación de la Tasa del agua”.
Por otra parte, la convocatoria de BOP establece como negociable los plazos referidos a la clausula 3.5, Obras a realizar por el Concesionario, por valor de 15.737.425€, pero el acta de la sesión del 11 de enero de 2013, de la Asamblea General del Consorcio, no se hace mención a ello.
Por tanto, desde AC-25m solicitamos que se estime cuanto antes la impugnación presentada y se anule el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas, sus Anexos y los apartados susceptibles de modificación para la Concesión de los Servicios de Abastecimiento de Agua, Saneamiento y Reutilización en las islas de Lanzarote y La Graciosa aprobado en la sesión ordinaria de la Asamblea General del Consorcio del Agua de Lanzarote".
Arrecife a 22 de enero de 2013.